PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA 2/2020
Fecha: 01-Ene-2023
VI. DECISIÓN
116. Del análisis de los elementos aportados y valorados en el presente procedimiento disciplinario, este Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluye que se acredita la conducta infractora atribuida a ********** y, por ende, se impone la sanción consistente en la inhabilitación temporal para desempeñar cargos, empleos o comisiones en el servicio público, por un periodo de tres meses, contados a partir de la fecha de la presente sentencia.
117. En dichos términos deberá remitirse copia certificada de la presente resolución a la Dirección General de Recursos Humanos e Innovación Administrativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a efecto de que sea agregada al expediente personal de la servidora pública.
Por lo expuesto y fundado, es de resolverse:
PRIMERO. ********** es responsable de la infracción administrativa prevista en el artículo 58 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas en relación con el artículo 3, fracción VI, del mismo ordenamiento.
SEGUNDO . Se impone a ********** la sanción consistente en la inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público, por un periodo de tres meses.
Notifíquese personalmente esta determinación a las personas sujetas al presente procedimiento, por conducto de la Secretaría Ejecutiva de la Contraloría de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación; y en su oportunidad, archívese el asunto como concluido.
Así lo resolvió el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por mayoría de ocho votos de las señoras Ministras y los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Zaldívar Lelo de Larrea, Ríos Farjat, Laynez Potisek y Pérez Dayán. Votaron en contra la señora Ministra y los señores Ministros Aguilar Morales, Pardo Rebolledo y Presidenta Piña Hernández.
La señora Ministra Presidenta Piña Hernández realizó la declaratoria correspondiente. Doy fe.
- Encabezado
- SENTENCIA
- PRUEBAS DE LA PRESUNTA RESPONSABLE
- PRUEBAS DE LA UNIDAD GENERAL DE INVESTIGACIÓN DE RESPONSABILIDADES ADMNISTRATIVAS
- DOCUMENTALES PÚBLICAS.
- DECLARACIONES DESAHOGADAS ANTE LA UNIDAD INVESTIGADORA.
- MANIFESTACIONES DE LA UNIDAD INVESTIGADORA
- DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR. PARA LA CONSTRUCCIÓN DE SUS PROPIOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES ES VÁLIDO ACUDIR DE MANERA PRUDENTE A LAS TÉCNICAS GARANTISTAS DEL DERECHO PENAL, EN TANTO AMBOS SON MANIFESTACIONES DE LA POTESTAD PUNITIVA DEL ESTADO.
- IV. NO ACTUALIZACIÓN DE EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD O DE PRESCRIPCION DE LAS FACULTADES DE LAS AUTORIDADES
- V. INDIVIDUALIZACIÓN DE LA SANCIÓN
- VI. DECISIÓN