RECURSO DE INCONFORMIDAD 12/2024 PREVISTO EN LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

RECURSO DE INCONFORMIDAD 12/2024 PREVISTO EN LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO

Fecha: 21-Ago-2024

R E S U E L V E:

PRIMERO. Es infundado el recurso de inconformidad a que este toca se refiere.

SEGUNDO. Se confirma la resolución de seis de octubre de dos mil veintitrés, dictada por la Jueza Primera de Distrito en el Estado de Morelos, en la denuncia por incumplimiento de la declaratoria general de inconstitucionalidad 5/2023.

Notifíquese , vuelvan los autos al lugar de su procedencia y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.

Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los Señores Ministros y las Señoras Ministras: Loretta Ortiz Ahlf, Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien se reserva su derecho a formular voto concurrente, Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo (Ponente).