Suprema Corte de Justicia de la Nación
RECURSO DE INCONFORMIDAD 12/2024 PREVISTO EN LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO
Fecha: 21-Ago-2024
VII. DECISIÓN
52. Por lo anterior es que esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que es infundado el recurso de inconformidad al no haber prosperado los agravios hechos valer por el inconforme, pues no se demostró la aplicación de los artículos 50, segundo párrafo, 56 y 125 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar declarados inválidos en la acción de inconstitucionalidad 27/2005.
53. Por lo expuesto y fundado,