“TÍTULO CUARTO
Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Patrones
CAPÍTULO III
Habitaciones para los Trabajadores
Artículo 136. Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier
otra clase de trabajo, está obligada a proporcionar a los trabajadores
habitaciones cómodas e higiénicas. Para dar cumplimiento a esta
obligación, las empresas deberán aportar al Fondo Nacional de la
Vivienda el cinco por ciento sobre los salarios de los trabajadores a su
servicio.
Artículo 137. El Fondo Nacional de la Vivienda tendrá por objeto crear
sistemas de financiamiento que permitan a los trabajadores obtener
crédito barato y suficiente para adquirir en propiedad habitaciones
cómodas e higiénicas, para la construcción, reparación, o mejoras de
sus casas habitación y para el pago de pasivos adquiridos por estos
conceptos.
Artículo 138. Los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda serán
administrados por un organismo integrado en forma tripartita por
representantes del Gobierno Federal, de los trabajadores y de los
patrones.
Artículo 152. Los trabajadores tendrán derecho a ejercitar ante las
Juntas de Conciliación y Arbitraje las acciones individuales y colectivas
que deriven del incumplimiento de las obligaciones impuestas en este
capítulo.
Artículo 153. Las empresas tendrán derecho a ejercitar ante las Juntas
de Conciliación y Arbitraje, las acciones que les correspondan en contra
de los trabajadores por incumplimiento de las obligaciones que les
impone este capítulo.”
13 (Cinco por ciento).
- Encabezado
- SENTENCIAS CRITERIOS JURÍDICOS DISCREPANTES SOBRE UN MISMO PUNTO DE
- ESTIMARSE EXISTENTE, AUNQUE SE ADVIERTAN ELEMENTOS SECUNDARIOS
- CONTRADICCIÓN DE TESIS 284/2021
- “TÍTULO CUARTO
- INTERPUESTOS CONTRA RESOLUCIONES DICTADAS EN JUICIOS DE AMPARO
- CRÉDITOS HIPOTECARIOS OTORGADOS POR EL INFONAVIT. CORRESPONDE A LOS
- APORTACIONES AL.”25
- DE LA SEGUNDA SALA:
- CLAUDIA MENDOZA POLANCO.
