Suprema Corte de Justicia de la Nación REVISIÓN ADMINISTRATIVA 11/2022
Fecha: 11-Mar-2024
V. PROCEDENCIA.
- El recurso es procedente de conformidad con los artículos 100, párrafo noveno, de la Constitución Federal y 122 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación abrogada , por haberse interpuesto en contra de la resolución mediante la cual el Consejo de la Judicatura Federal removió a ********** como Juez de Distrito y decretó su inhabilitación por veinte años.
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