SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2022-S1

Fecha: 13-Jul-2021

QUINTA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES. (…) | II. 6.2. Informe Legal EPSAS-INTERV DL/FOM/687/2019 de 17 de septiembre, suscrito por el Asesor Legal de EPSAS S.A.-Interv                 (fs. 85 a 94). | II. 6.3. Nota CITE: EPSAS-INTERV/DL/SQM 148/2016 de

5.2.3. Presentar a EPSAS-INTERV., a momento de la firma del presente convenio, documentación que acredite, el derecho propietario sobre el bien inmueble, para el cual se solicitan los servicios de alcantarillado sanitario. (…)” (sic [fs. 26 a 29]).   

II.4.  Cursa Memorial de 9 de septiembre de 2020, los ahora peticionantes de tutela, entre otros -se entiende vecinos de la “Junta de Vecinos de la Urbanización Remodelación Jinchupalla - Sector Ramos”-, solicitaron a EPSAS S.A.-Interv se dicte una resolución administrativa respecto al incumplimiento del Convenio EPSAS-INTERV/GO/021/2016 de 14 junio (fs. 128 a 131 vta.).

II.5.  Consta Memorial de 9 de septiembre de 2020, los ahora impetrantes de tutela, entre otros -se entiende vecinos de la “Junta de Vecinos de la Urbanización Remodelación Jinchupalla - Sector Ramos”- solicitaron al Ministerio de Medio Ambiente y Aguas, control e informe respecto al incumplimiento del Convenio EPSAS-INTERV/GO/021/2016 de 14 junio         (fs. 132 a 135).

II.6.  A través de la Nota Cite AAPS/DER/CE/1603/2020 de 28 de octubre, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, se dirigió a los vecinos de la “Junta de Vecinos de la Urbanización Remodelación Jinchupalla - Sector Ramos”, remitiéndoles documentos concernientes al Convenio EPSAS-INTERV/GO/021/2016 de 14 junio (fs. 47); estando entre estos: