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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2022
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2022

    Fecha: 14-Nov-2022

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    • Encabezado
    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • II. CONCLUSIONES | ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL CONCEJO MUNICIPAL | CAPÍTULO VI | COMISIÓN DE ÉTICA
    • “TÍTULO III
    • I.                Se consideran faltas pasibles a sanciones las siguientes: | PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
    • CAPÍTULO IV
    • I.               Cuando alguna instancia del Gobierno Autónomo Municipal o de la sociedad civil presente una denuncia contra una concejala o concejal o contra la Alcaldesa o Alcalde Municipal, debe hacerlo en forma escrita y adjuntando documentos que
    • I.               La Comisión de Ética, deberá emitir un dictamen emergente del sumario administrativo; la Resolución Municipal que declara procedente o improcedente la denuncia, deberá contar con el voto afirmativo de la mayoría absoluta de la totali
    • “CAPÍTULO IV
    • II.   El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones”.
    • II.         En caso de renuncia o muerte, inhabilidad permanente o revocatoria de la máxima autoridad ejecutiva de un gobierno autónomo, se procederá a una nueva elección, siempre y cuando no hubiere transcurrido la mitad de su mandato. En caso contr
    • II.   La elección de las Asambleas y Concejos de los gobiernos autónomos tendrá lugar en listas separadas de los ejecutivos”.
    • II.   La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa. El bloque de constitucionalidad está integrado por los Tratados y Convenios internacionales en materia de
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • POR TANTO

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