SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1227/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1227/2023-S1

Fecha: 24-Nov-2023

I.    El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, debe generar el lineamiento de políticas de inclusión laboral de personas con discapacidad en los planes, programas y proyectos orientados al desarrollo económico y a la creación de puestos d

Artículo 18°.- (Transversalización de políticas de inclusión laboral) El nivel central del Estado, deberá transversalizar las políticas de inclusión laboral de personas con discapacidad, en los planes, programas y/o proyectos que ejecutan en el marco de sus competencias, promoviendo el acceso de las personas con discapacidad a un empleo y trabajo digno.

Artículo 19°.- (Reconocimiento al sector privado por contratación y capacitación preferente) El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, reconocerá públicamente a las empresas y entidades privadas que contraten y capaciten a personas con discapacidad y/o cónyuges, padres, madres, tutores de personas con discapacidad apoyando a su inclusión socio laboral.

Asimismo, la Ley 977 de 26 de septiembre de 2017 denominada Ley de Inserción Laboral y de Ayuda Económica para Personas con Discapacidad establece que: