SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1326/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1326/2023-S1

Fecha: 20-Dic-2023

II. En el marco de la unidad del Estado y de acuerdo con esta Constitución las naciones y pueblos indígenas originario campesinos gozan de los siguientes derechos: | II.  La jurisdicción indígena originaria campesina respeta el derecho a la vida, el

(…).

2. A su identidad cultural, creencia religiosa, espiritualidades, prácticas y costumbres, y a su propia cosmovisión.

3.  A que la identidad cultural de cada uno de sus miembros, si así lo desea, se inscriba junto a la ciudadanía boliviana en su cédula de identidad, pasaporte u otros documentos de identificación con validez legal.

(…).

14. Al ejercicio de sus sistemas políticos, jurídicos y económicos acorde a su cosmovisión (las negrillas fueron añadidas).

Así mismo, en cuanto al ejercicio de la jurisdicción indígena originaria campesina, conforme al art. 179.II de la Ley Fundamental, se tiene que goza de la misma jerarquía que la jurisdicción ordinaria, jurisdicción que se encuentra normada en los arts. 190 a 192 de la CPE, que los mismos establecen:

Artículo 190.