SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2023-S3
Fecha: 03-Abr-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Memorando GAMS-SMDHI./D.RR.HH/MAS/006/2021 de 16 de julio, de agradecimiento de servicios, suscrito por Samuel Carballo Cabrera, Secretario Municipal de Desarrollo Humano Integral del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba del departamento de Cochabamba -ahora coaccionado-, en el que Juvenal Mamani Pérez -hoy accionante- es desvinculado de la institución del cargo de Chófer Equipo Liviano Neonatal dependiente de la Secretaria de Desarrollo Humano Integral de dicho Gobierno Autónomo Municipal, con el Item 246 (fs. 53).
II.2. Consta Conminatoria de Reincorporación J.D.T. CBBA./D.S. 0495/SMLV/ 184/2021 de 30 de septiembre, emitida por la Jefatura Departamental de Cochabamba del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; dando respuesta a la denuncia de despido injustificado y solicitud de reincorporación laboral presentada por el accionante; por la cual, se conminó al Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba del referido departamento a la inmediata reincorporación laboral del accionante a su fuente laboral, más el pago de sus sueldos devengados y demás derechos sociales, en el plazo de tres días; dicha Conminatoria de Reincorporación con la que fue notificado el referido Gobierno Autónomo Municipal el 15 de octubre de 2021 y no fue cumplida por la nombrada entidad edil, según Informe J.D.T. CBBA.-SMLV-VR-083/2021 de 7 de diciembre emitido por la mencionada Jefatura Departamental (fs. 23 a 27 vta.).
II.3. Cursa Resolución Administrativa (RA) 453-2021 de 1 de diciembre, emitida por la Jefa Departamental de Cochabamba del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, en respuesta al recurso de revocatoria interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba de dicho departamento que confirma la Conminatoria de Reincorporación J.D.T. CBBA./D.S. 0495/SMLV/ 184/2021 (fs. 153 a 154 vta.).
II.4. Por memorial presentado el 8 de diciembre de 2021, el representante legal de Pedro Gutiérrez Vidaurre, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba del departamento de Cochabamba -ahora accionado-, interpone recurso jerárquico ante el Jefe Departamental de Cochabamba del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social solicitando que se revoque totalmente la Conminatoria de Reincorporación J.D.T. CBBA./D.S. 0495/SMLV/ 184/2021, ordenando que decline competencia (fs. 155 a 168).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- POR TANTO
- MAGISTRADO
- MAGISTRADA | III. Se prohíbe toda forma de trabajo forzoso u otro modo análogo de explotación que obligue a una persona a realizar labores sin su consentimiento y justa retribución” (las negrillas nos corresponden).
- II. El Estado protegerá el ejercicio del trabajo en todas sus formas. | II. Cuando el trabajador opte por los beneficios sociales, el empleador está obligado a cancelar los mismos además de los beneficios y otros derechos que le corresponda, en el
- I. Cuando el trabajador sea despedido por causas no contempladas en el Artículo 16 de la Ley General del Trabajo, podrá optar por el pago de los beneficios sociales o por su reincorporación.
- II. Se incluyen los Parágrafos IV y V en el Artículo 10 del Decreto Supremo Nº 28699, de 1 de mayo de 2006, con los siguientes textos:
- V. Sin perjuicio de lo dispuesto en el Parágrafo IV del presente Artículo, la trabajadora o trabajador podrá interponer las acciones constitucionales que correspondan, tomándose en cuenta la inmediatez de la protección del derecho constitucional