SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0805/2023-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0805/2023-S3

Fecha: 31-Jul-2023

II. CONCLUSIÓN

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, no cursa antecedente ni documental alguna sobre la situación de la menor de edad AA a la que representa el accionante, tampoco del proceso penal que derivó en su permanencia en un centro de acogida, ni la forma de ingreso al mismo, constando únicamente en el expediente constitucional lo siguiente:

II.1.  En la diligencia de citación a Belinda Romero Ferrufino, Fiscal de Materia
-ahora accionada- con la interposición de la presente acción de libertad y Auto Interlocutorio 162 de 17 de junio -de fijación de audiencia de consideración de la demanda tutelar-, se advierte su realización por la Oficina Gestora del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca a un número de teléfono, a través de WhatsApp.; asimismo, el acta de la audiencia de garantías y la Resolución 05/2023 de 18 de junio, fueron notificados a dicha autoridad fiscal al mismo número telefónico y aplicación móvil; habiendo respondido la Fiscal de Materia accionada positivamente respecto a la última diligencia (fs. 5 y vta.; y, 11 y vta.). Igualmente, a través de la notificación realizada también por WhatsApp, se comunicó a la DNA del Distrito 1 del municipio de Sucre, sobre la interposición de este mecanismo de defensa, así como el señalado Auto Interlocutorio, constando su ubicación en el “Pasaje Urioste”, la consignación de un número de celular, y fotografía de dicha comunicación (fs. 6 y vta.).