SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0722/2024-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2024-S2

Fecha: 23-Dic-2024

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 147/22 de 16 de diciembre de 2022, cursante de fs. 489 a 494 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, en consecuencia:

1° CONCEDER en parte la tutela solicitada en cuanto a los derechos al debido proceso en sus elementos congruencia, fundamentación con incidencia en el derecho a la defensa, disponiéndose dejar sin efecto el Auto de Vista 32 de 7 de enero de 2022, debiendo los actuales Vocales de la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitir una nueva resolución conforme los Fundamentos Jurídicos de este fallo constitucional.

2° DENEGAR la tutela impetrada respecto a los derechos al debido proceso vinculado con los principios de legalidad, seguridad jurídica y de “…Causalidad, Convalidación, Finalidad del Acto, Conservación, y otros…” (sic), y a una protección oportuna, eficiente, eficaz y sin dilaciones con base a los fundamentos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Al no existir consenso en Sala dentro del presente caso, dirime el Presidente Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano, siendo de Voto Disidente la Magistrada MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado.

Fdo. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano

PRESIDENTE

Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas

MAGISTRADA