Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2025-S1
Fecha: 20-Mar-2025
I. Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces
y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos;
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- I. Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces
- II. El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones. | II. En los municipios no comprendidos en el Parágrafo anterior, las acciones de defensa previst
- I. Las Salas Constitucionales serán competentes para conocer y resolver las acciones referidas en el Artículo 2 de la presente Ley, por hechos generados en las ciudades capitales de departamento y los municipios que se encuentren a veinte (20) kilóme
- POR TANTO