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    SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2025-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2025-S1

    Fecha: 20-Mar-2025

    I.    Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces

          y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos;

    • Encabezado
    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • II. CONCLUSIONES
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • I.    Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces
    • II.   El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones. | II. En los municipios no comprendidos en el Parágrafo anterior, las acciones de defensa previst
    • I. Las Salas Constitucionales serán competentes para conocer y resolver las acciones referidas en el Artículo 2 de la presente Ley, por hechos generados en las ciudades capitales de departamento y los municipios que se encuentren a veinte (20) kilóme
    • POR TANTO

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