Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 077/2000
Fecha: 19-Oct-2000
IV.1.
IV.1. Que los arts. 48, 49-I), IV) V) y VI), 50 y 51 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar no vulneran el art. 16-II de la Constitución Política del Estado invocada por los recurrentes, no existiendo contradicción entre las normas legales aludidas y el precepto constitucional.