SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 078/00
Fecha: 27-Oct-2000
II.1.
II.1. La Contraloría General de la República, a través de su Gerencia Departamental de Cochabamba, realizó auditoría externa en el Servicio Nacional de Impuestos Internos, Dirección Distrital de Cochabamba, habiendo emitido los informes de auditoría Nos. EC/EP14/N97/R1 (preliminar) y EC/EP14/N97-A1 (ampliatorio) y EC/EP14/N97-C1 (complementario) que al establecer sumas líquidas y exigibles, en aplicación del art. 77, i) de la Ley del Sistema de Control Fiscal, fueron aprobados por su autoridad, teniendo calidad de instrumento con fuerza coactiva, como señala el art. 3 de la Ley del Procedimiento Coactivo Fiscal (D.L. N° 14933 de 29 de septiembre de 1977, elevado a rango de Ley por el art. 52 de la Ley 1178).