SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1094/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1094/00-R

Fecha: 22-Nov-2000

Fragmento 3

          Por su parte, la autoridad recurrida procedió a informar que sus actuaciones estuvieron enmarcadas estrictamente en lo que dispone la Ley del Consejo de la Judicatura, sus reglamentos disciplinarios y Resoluciones, asegurando que en el caso presente, la multa aplicada estuvo consensuada entre la interesada, el Presidente de la Corte Superior y su autoridad, toda vez que la recurrente cumplió en forma inoportuna con el envío de los cuadros estadísticos y el disquete. Acto seguido, el Jefe de Servicios Auxiliares, Luis A. Pinto P., dio lectura a los oficios ofrecidos como prueba, los que fueron cuestionados por la recurrente.