Que en el memorial de demanda de fs. 11 a 12 y el de aclaración de fs.14, el recurrente manifiesta que el día 24 de agosto de 2000, fue notificado con el Dictamen de Responsabilidad Civil CGR-1/D-054/2000 emitido por la Contraloría General de la Repú
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Que en el memorial de demanda de fs. 11 a 12 y el de aclaración de fs.14, el recurrente manifiesta que el día 24 de agosto de 2000, fue notificado con el Dictamen de Responsabilidad Civil CGR-1/D-054/2000 emitido por la Contraloría General de la Repú

Fecha: 20-Dic-2000

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la Jjurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 94 y 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA  la Resolución de 8 de noviembre de 2000 pronunciada por la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, debiendo la Corte de Amparo aplicar el art. 102-lll de la Ley 1836.