Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1166/00-R
Fecha: 11-Dic-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley N° 1836 y con los fundamentos ampliatorios precedentemente expuestos, APRUEBA la Sentencia de fs. 295-298 dictada en 26 de octubre de 2000 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de Chuquisa,
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- 1.
- 2.
- 3.
- “El Defensor del Pueblo es una Institución establecida por la Constitución Política del Estado para velar por la vigencia y el cumplimiento de los derechos y garantías de las personas en relación a la actividad administrativa de todo el sector público; asimismo vela por la promoción, vigencia, divulgación y defensa de los derechos humanos.”
- POR TANTO: