Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1173/00-R
Fecha: 14-Dic-2000
24 de octubre de 2000
2. Que el 24 de octubre de 2000 el recurrente convocó a los miembros del Consejo Universitario a la reunión extraordinaria a realizarse a horas 14:30 del día 25 del mismo mes y año, citación que fue notificada a los miembros conforme se evidencia de los sellos de recepción de las diferentes reparticiones (fs.8-10).
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- a)
- improcedente
- 24 de octubre de 2000
- Resolución HCU Nº 71/2000 de 24 de octubre de 2000, dispone la suspensión temporal del recurrente del cargo de Rector de la Universidad como medida cautelar inherente a la naturaleza de la investigación abierta en su contra por parte de la Cámara de Diputados, por la presunta comisión de delitos en ejercicio de sus funciones, considerando además que mediante Resolución H.C.U. Nº 68/2000, el Consejo Universitario ha dispuesto la apertura de proceso universitario en su contra y que la sustanciación del mismo es incompatible con el ejercicio de sus funciones (fs. 117-120).
- POR TANTO:
- b)
- 1)