Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1173/00-R
Fecha: 14-Dic-2000
VISTOS:
VISTOS: En revisión, la Resolución de fs. 241 a 243 pronunciada el 3 de noviembre de 2000 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del Amparo Constitucional interpuesto por Jaime Robles Miranda contra Walter Arízaga Cervantes, Rector en Ejercicio de la Universidad Mayor, Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca; y:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- a)
- improcedente
- 24 de octubre de 2000
- Resolución HCU Nº 71/2000 de 24 de octubre de 2000, dispone la suspensión temporal del recurrente del cargo de Rector de la Universidad como medida cautelar inherente a la naturaleza de la investigación abierta en su contra por parte de la Cámara de Diputados, por la presunta comisión de delitos en ejercicio de sus funciones, considerando además que mediante Resolución H.C.U. Nº 68/2000, el Consejo Universitario ha dispuesto la apertura de proceso universitario en su contra y que la sustanciación del mismo es incompatible con el ejercicio de sus funciones (fs. 117-120).
- POR TANTO:
- b)
- 1)