SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 020/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 020/2000

Fecha: 20-Abr-2000

V.1.

V.1.   Que el art. 37 del Código Tributario establece  que el hecho generador o imponible es  el expresamente determinado por la Ley para tipificar el tributo, cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria; en el caso de autos, las Ordenanzas Municipales impugnadas fijan como hecho generador de las Patentes Municipales de Funcionamiento a la autorización o permiso anual para el funcionamiento del comercio, industria y los servicios en general, dentro de la jurisdicción municipal, incluyendo dentro del objeto de esta patente, el ejercicio de las actividades libres e independientes realizadas por personas tales como profesionales y técnicos.