Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 025/2000
Fecha: 28-Abr-2000
III.2.
III.2. Que dicho Decreto, por su duración, era transitorio, pues su vigencia de noventa días comenzó a computarse desde el día de su publicación, que se realizó el 15 de noviembre de 1999, habiendo fenecido el 15 de febrero de 2000, lo cual significa que al momento de dictar Sentencia el Tribunal Constitucional, los efectos del mismo habrían cesado.