Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 025/2000
Fecha: 28-Abr-2000
III.3.
III.3. El Poder Ejecutivo no ha usurpado las atribuciones del Poder Legislativo al dictar el Decreto Supremo No. 25575, pues el Presidente de la República es respetuoso del mismo y trabaja con él dentro de la independencia y coordinación de poderes que constituyen la base del Gobierno, por lo que no es evidente que al promulgar el referido Decreto se haya usurpado atribuciones del Legislativo.