SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 19/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 19/2000

Fecha: 24-Abr-2000

III.2

III.2   Que, de lo anterior se colige que el Decreto Supremo No. 25093 ha sido dictado por el Poder Ejecutivo pretendiendo lograr como objetivos: 1ro.- la nacionalización de vehículos internados al país sin la documentación legal pertinente, considerando que el D.S. 24064 de 6 de mayo de 1997 solamente logró la nacionalización de un número reducido de automotores, señalándose como objetivo el que se puedan nacionalizar, otorgando la documentación legal correspondiente a los vehículos que se encuentren en territorio nacional; y 2do.- cumplir y hacer cumplir lo dispuesto por la Ley No. 1333 de 27 de abril de 1992 (del Medio Ambiente) y D.S. 24176 de 8 de diciembre de 1995, que se refieren a la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, y en especial al control de los vehículos desgastados por un largo uso como factor de contaminación ambiental. En resumen, se busca evitar la internación ilegal de vehículos, prevenir el delito de contrabando y preservar el medio ambiente en el entendido de cumplir y hacer cumplir las leyes del Medio Ambiente, Código Tributario y otras normas conexas. Consiguientemente, ha sido emitido en uso de la atribución 1ra. que el art. 96 de la Constitución Política del Estado confiere al  Presidente de la República y su Gabinete de Ministros.