SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 477/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 477/2000-R

Fecha: 18-May-2000

2.

2.   Con la determinación de la autoridad recurrida se habrían violado los arts. 7 inc. e), 31 y  33 de la Constitución Política del Estado, porque se pretende aplicar el art. 56 inc. c) del Reglamento del Sistema Educativo Policial aprobado mediante Resolución Suprema No. 216603 de 25 de enero de 1996, a la separación de los recurrentes del Curso de Administración y Estado Mayor ocurrido en 1994, atentando contra el principio de la irretroactividad de la Ley.

2.   Que, los recurrentes reprobaron el Curso de Administración y Estado Mayor en 1994, pero en aplicación del art. 82 del Reglamento del Sistema Educativo Integrado Policial (S.E.I.P.) aprobado por Resolución Suprema Nº 202962 de 22 de septiembre de 1987 vigente en ese momento y mediante Orden de Destinos de la Gestión 1995, son convocados nuevamente a realizar el curso, aprobando todas las materias y obteniendo el grado superior de Teniente Coronel.