Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 037/2000
Fecha: 14-Jun-2000
IV.4.
IV.4. Que por otra parte, la autonomía municipal, que consiste en la potestad normativa, ejecutiva, administrativa y técnica en el ámbito de su jurisdicción y competencia territoriales, reconocida por el art. 200-I de la Constitución Política del Estado, está dirigida a cumplir con la finalidad que tienen las municipalidades y sus gobiernos municipales, de contribuir a la satisfacción de las necesidades colectivas y garantizar la integración y participación de los ciudadanos en la planificación y el desarrollo humano sostenible del municipio, como reconoce el art. 5-I de la Ley de Municipalidades.