SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 041/00
Fecha: 28-Jun-2000
II.2
II.2 Que, sin embargo conforme al art. 30-a) del Reglamento de la Ley de Organización del Poder Ejecutivo corresponde al Ministerio del Trabajo y Microempresa velar por la aplicación y cumplimiento de la Legislación Laboral y de los Convenios Internacionales sobre la materia. Asimismo conforme al punto “4, 4.2.-“ del Manual de Organización y Funciones se le atribuye asegurar el cumplimiento de las Leyes, Decretos y Resoluciones vigentes, de igual forma dar cumplimiento irrestricto a la Resolución Ministerial Nº 346/87 de 28 de noviembre de 1987, que aprueba la vigencia del Reglamento de la Inspección del Trabajo, fiscalizar, cumplir y hacer cumplir la Ley General del Trabajo, su Decreto Reglamentario y disposiciones conexas, Laudos Arbitrales, Convenios Colectivos, Reglamentos Internos, contratos individuales, colectivos, usos y costumbres.