SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 041/00
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 041/00

Fecha: 28-Jun-2000

IV.1

IV.1   Que, de acuerdo al artículo 79 de la Ley No. 1836 el Recurso Directo de Nulidad procede:  “contra todo acto o resolución de quien usurpe funciones que no le competen, así como contra los actos de quien ejerza jurisdicción o potestad que no emane de la Ley” y “contra las resoluciones dictadas o actos realizados por autoridad judicial que esté suspendida de sus funciones o hubiese cesado”.