Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 051/2000
Fecha: 28-Jul-2000
IV.2
IV.2 Que tanto la recurrente como la Alcaldía Municipal alegan ser propietarias de un mismo lote de terreno, la primera sobre la base de los documentos cuyas fotocopias cursan en el expediente a fs. 1 a 25 y 27 a 33, y la segunda amparándose en la Resolución Prefectural No. 406 de 29 de julio de 1997, “que se encuentra ratificada y autorizada por el H. Congreso Nacional mediante Resolución PL-031/98-99...”