Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 051/2000
Fecha: 28-Jul-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 120-1ª de la Constitución Política del Estado y 62-1 de la Ley Nº 1836, DECLARA INFUNDADO el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad planteado por Lucila Mamani Vda. de López, por sí y en representación de sus hermanos María Narcisa, Bárbara, Angélica, Luis Felipe, Juan Luis y Remy Mamani Romero, en el entendido de que la Ley No. 1917 no define ningún derecho de propiedad y no contraviene, en consecuencia, los preceptos constitucionales mencionados por los recurrentes.