Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 052/2000
Fecha: 28-Jul-2000
admite
En cumplimiento del art. 62.I de la Ley del Tribunal Constitucional, la resolución de Rechazo del incidente es remitida en consulta al Tribunal Constitucional, cuya Comisión de Admisión pronuncia el Auto Constitucional Nº 092/2000-CA de 29 de mayo de 2000, por el que admite el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad de conformidad a lo dispuesto por el art. 64-III de la Ley Nº 1836, abriendo su competencia para pronunciarse en el fondo del mismo.