Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 662/2000 - R
Fecha: 06-Jul-2000
8.
8. Que el Recurso de Hábeas Corpus es una garantía jurisdiccional que debe ser aplicada oportunamente siempre que se demuestre que el derecho fundamental a la libertad que protege, ha sido violado, restringido o amenazado, lo que no ha ocurrido en el presente recurso por lo precedentemente señalado.