SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 880/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 880/00-R

Fecha: 22-Sep-2000

I.

           Que, en consecuencia la vía del Amparo no es la adecuada para proteger la libertad de una persona, en éste caso amenazada por la falta de efectividad de la fianza calificada, pues para ello nuestro ordenamiento jurídico constitucional tiene previsto un recurso exclusivo y expedito, cual es el Hábeas Corpus establecido en el art. 18 de la Constitución Política del Estado  que prescribe: "I. Toda persona que creyere estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada o presa...".  Consiguientemente, el recurrente debió  interponer el citado Recurso conforme lo indica la Jurisprudencia Constitucional, establecida  en la Sentencia No. 703/2000- R de 19 de julio de 2000.