SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 909/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 909/2000-R

Fecha: 29-Sep-2000

POR TANTO:

POR TANTO: El  Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado  y 93 de la Ley Nº 1836,  REVOCA EN PARTE la Resolución venida en revisión, declarando PROCEDENTE el Recurso respecto al Juez Primero de Instrucción en lo Penal, Dr. Carlos Guerrero, disponiendo la inmediata libertad de los detenidos siempre que no estén bajo la jurisdicción del Juez competente y condenando a dicha autoridad al pago de daños y perjuicios a favor de los recurrentes, que serán calificados por el Tribunal de Hábeas Corpus de conformidad con el art. 91-VI de la Ley No. 1836 y APRUEBA la Resolución en cuanto se refiere al Director de la FELCN y a los Fiscales adscritos a la FELCN.