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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1047/01-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1047/01-R

    Fecha: 02-Oct-2001

    5.

    5.   Que, por nota de 28 de mayo de 2001, el recurrido le hace conocer a Edwin Burgos Ortiz, representante legal de la empresa adjudicataria, las observaciones contra dicha empresa por parte de la Presidenta del Concejo (fs. 14), las cuales fueron contestadas y explicadas por nota de 5 junio de 2001 (fs. 15 a 18).

    • VISTOS:
    • CONSIDERANDO:
    • (fs. 284 a 285 vta.)
    • procedente
    • 1.
    • 2.
    • 3.
    • 4.
    • 5.
    • 6.
    • Artículo 2. (Periodo de transición).- Durante la presente gestión, en tanto se desarrolle el proceso de capacitación y difusión, todas las entidades del Sector Público seguirán aplicando las Normas Básicas de Administración de Bienes y Servicios, aprobadas en la Resolución Suprema Nº 216145
    • el Decreto Supremo Nº 26144 de 6 de abril de 2001
    • ARTICULO 1.-
    • debe estar orientada a generar la agilidad en los procesos de contratación
    • en su Art. 5.- dispone: “El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir de su aprobación
    • POR TANTO:

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