Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1093/01-R
Fecha: 12-Oct-2001
4)
4) Por Auto de 1 de junio (fs. 166 vta.), a solicitud de los querellantes, el Juez revocó las medidas sustitutivas y dispuso la detención preventiva del imputado por no haber cumplido con el pago de la fianza económica, ordenando se expida el mandamiento correspondiente. El imputado solicitó “reposición” bajo alternativa de apelación contra esa determinación, pedido que fue rechazado en 5 de junio (fs. 169 vta.).