SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1102/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1102/01-R

Fecha: 19-Oct-2001

Fragmento 12

En ambas disposiciones lo esencial para la procedencia del recurso es la inmediatez, así se ha sentado jurisprudencia en las sentencias 091/01-R, 180/01-R, 326/01-R, lo que en el caso de análisis no se ha cumplido, pues la recurrente sufrió la disminución de sus haberes a partir del mes de abril y planteó el recurso en 23 de agosto  de 2001 , es decir, después de 4 meses y 3 semanas.