SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1134/01-R
Fecha: 26-Oct-2001
2.
2. De fs. 139 a 152 cursa el acta de la audiencia pública realizada el 3 de septiembre de 2001, en la que el recurrente, a través de su abogado, ratifica su demanda y la amplía señalando que: a) al igual que el acta de 10 de julio, también es nula el acta de 20 de ese mes, por cuanto quien la suscribe como Secretaria es Rose Mary Tuero, que el 24 de julio recién presentó su documentación para habilitarse como Concejala en reemplazo de David Steimbach que el 20 de julio fue posesionado ilegalmente como Alcalde; b) se ha conculcado el art. 31 de la Constitución Política del Estado, pues la citada Concejala actuó sin competencia; c) se han desconocido los arts. 39-6), 41-1) y 2) de la Ley Nº 2028. Reitera su solicitud para que su Recurso sea declarado procedente.
- Vistos:
- 1.
- 2.
- a)
- 3.
- 2) En sesión de 10 de julio de 2001
- 3) El 20 de julio de 2001
- 4) El Vicepresidente de la Corte Departamental Electoral de Santa Cruz, Roberto Ortiz Saucedo, presentó al Presidente de esa Corte, el Informe de 23 de julio del año que corre
- CONSIDERANDO:
- por existir otro que está establecido expresamente en la Constitución Política del Estado y en la Ley Nº 1836,
- POR TANTO: