SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1134/01-R
Fecha: 26-Oct-2001
2) En sesión de 10 de julio de 2001
2) En sesión de 10 de julio de 2001 (fs. 5 a 7), el Concejo Municipal de Buena Vista, con la asistencia de tres Concejales, David Steimbach Moro, Rafael Chávez Roca y Dionisio Choque Veizaga, recibió la moción de Voto Constructivo de Censura al Alcalde Municipal, siendo admitida por los presentes se dictó la Resolución Municipal Nº 145/01 en la que se ordenó la publicación de la demanda, se señaló audiencia para su consideración para el 20 de julio, se dispuso solicitar a la Corte Departamental Electoral la acreditación de un Vocal para presenciar dicha sesión y tomó en cuenta el nombre del Concejal propuesto como posible reemplazante. Esta acta lleva las firmas del Presidente, Vicepresidente y un Concejal Municipal.
- Vistos:
- 1.
- 2.
- a)
- 3.
- 2) En sesión de 10 de julio de 2001
- 3) El 20 de julio de 2001
- 4) El Vicepresidente de la Corte Departamental Electoral de Santa Cruz, Roberto Ortiz Saucedo, presentó al Presidente de esa Corte, el Informe de 23 de julio del año que corre
- CONSIDERANDO:
- por existir otro que está establecido expresamente en la Constitución Política del Estado y en la Ley Nº 1836,
- POR TANTO: