SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1177/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1177/01-R

Fecha: 13-Nov-2001

a)

El Juez recurrido, en el informe escrito de  fs.  695 y 696, asevera lo  siguiente: a)  Wilfredo López Coimbra se encuentra detenido en  la Penitenciaría de “Palmasola” de acuerdo a lo dispuesto  por Auto de 8 de diciembre de 2000, por los presuntos delitos de estafa, falsedad ideológica, abuso de confianza, apropiación indebida, manipulación informática y asociación delictuosa; b)  el imputado ha aceptado la comisión de tales delitos en su declaración  en la Policía Técnica Judicial y en  su indagatoria,  razón que determinó  se disponga  su detención preventiva; c)   antes de que el proceso llegue  a su conocimiento, en su función de Juez Cautelar, ordenó medidas sustitutivas a favor del representado del recurrente, porque así lo solicitaron el Ministerio Público y  el querellante, ya que existía un principio de acuerdo con la empresa “FASSIL” S.A.; d)  no se ha colocado al imputado en estado de indefensión, porque desde la última declaración indagatoria, prestada por Jenny Yucra Peredo, que se realizó en 29 de junio de este año, hasta  el 22 de agosto  en que se cerró  el término, pudo aportar prueba,  pero no lo hizo; e)  la detención preventiva ha sido  ordenada   según lo dispone el art. 233 de la Ley Nº 1970. Pide se declare improcedente el Hábeas Corpus.