Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 491/2001-CA
Fecha: 03-Dic-2001
VISTOS:
VISTOS: El Recurso Directo de Nulidad interpuesto por Luis Fernando Roberto Landivar Roca demandando la nulidad de la Resolución Nº 32/2001 de 15 de noviembre de 2001 pronunciada por Ada Luz Maldonado Bocángel, Armando Pinilla Butrón, Fernando Aranibar Rico, Vocales de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; Ivan Arana Bustillos, Conjuez y los Abogados Alfredo Arnez Pérez, Constantino Cuevas Peñaranda, Néstor Rosendo Ramírez Plata, Javier Guachalla Rodríguez, Gonzalo Valdivia Rojas, Edgar Ordóñez Calvimontes, Jaime Urcullo Reyes, Gonzalo Avendaño Navajas y Bernardo Wayar Caballero; y,
- Partes:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- su persona no es parte del proceso.
- es la persona "agraviada" la que presentará directamente el Recurso al Tribunal Constitucional, acreditando su personería y acompañando copias, fotocopias legalizadas o testimonio de la resolución que le cause agravio y otros antecedentes que estime pertinentes".
- aclara y precisa
- no es parte en el proceso penal
- ser parte del proceso penal
- POR TANTO: