SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1305/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1305/01-R

Fecha: 13-Dic-2001

Dentro de los procesos sumarios de posesión la sentencia que se emitía cobraba ejecutoria  simplemente formal

Dentro de los procesos sumarios de posesión la sentencia que se emitía cobraba ejecutoria  simplemente formal -adviértase que son los antecedentes de los procesos interdictos  regulados  por el Código de Procedimiento Civil actual- por lo que ese fallo  podía  -y puede, si el pleito se inició con las normas procedimentales abrogadas- válidamente ser revisado  en  proceso ordinario posterior.

En la especie,  la negativa de  conceder el recurso de nulidad por parte de la Jueza  recurrida,  se ha enmarcado a las normas legales precedentemente anotadas, así como  la decisión de los Vocales co - recurridos  al haber declarado ilegal la compulsa, puesto que en los procesos sumarios de  posesión  contemplados en el Código de Procedimientos  Santa Cruz,  no es admisible  dicho recurso. Por ende, no existe acto ilegal u omisión indebida alguna que amerite la procedencia del Amparo Constitucional.