Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 012/01
Fecha: 19-Feb-2001
INFUNDADO
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 120-6ª de la Constitución Política del Estado y 79 de la Ley Nº 1836 declara INFUNDADO el Recurso interpuesto, con costas y multa de quinientos bolivianos que los recurrentes deberán pagar a la orden del Tesoro Judicial dentro de tercero día de su notificación y remitir el comprobante de pago, en original, a este Tribunal.