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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 243/01-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 243/01-R

    Fecha: 27-Mar-2001

    improcedente

    Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal declaró improcedente el Recurso, fundamentando su fallo en el art. 96 -1) de la Ley Nº 1836, ya que la parte recurrente no agotó todas las instancias legales administrativas al interior de la Superintendencia de Bancos pidiendo el cumplimiento del art. 6 de la Ley de Reactivación Económica; además de existir un proceso coactivo donde se declara probada la demanda en su contra.

    • VISTOS:
    • CONSIDERANDO:
    • 1)
    • improcedente
    • 2.
    • esta Ley no impone como obligación a las entidades bancarias la aludida reprogramación, pues ésta depende de la voluntad de las partes y, más aún, está sujeta a la demostración a la entidad (en este caso el Banco) de su suficiente capacidad de pago
    • POR TANTO:

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