Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA Constitucional N° 313/01-r
Fecha: 11-Abr-2001
: “...el ejercicio del derecho supone que una vez planteada una petición, cualquiera sea el motivo de la misma, la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución (...) Sin embargo, el sentido de la decisión dependerá de las circunstancias de cada caso en particular y, en esa medida podrá ser positiva o negativa”.
Que la uniforme jurisprudencia constitucional, recogida entre otras por la Sentencia Constitucional Nº 189/01-R de 7 de marzo de 2001 establece que: “...el ejercicio del derecho supone que una vez planteada una petición, cualquiera sea el motivo de la misma, la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución (...) Sin embargo, el sentido de la decisión dependerá de las circunstancias de cada caso en particular y, en esa medida podrá ser positiva o negativa”.
- VISTOS:
- 1.
- a)
- PROCEDENTE
- 2)
- CONSIDERANDO:
- : “...el ejercicio del derecho supone que una vez planteada una petición, cualquiera sea el motivo de la misma, la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución (...) Sin embargo, el sentido de la decisión dependerá de las circunstancias de cada caso en particular y, en esa medida podrá ser positiva o negativa”.
- POR TANTO: