SENTENCIA Constitucional N° 313/01-r
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA Constitucional N° 313/01-r

Fecha: 11-Abr-2001

1.

1.   En su demanda presentada el 14  de febrero del año en curso (fs. 35 a 39), el recurrente manifiesta que el 4 de agosto de 2000 con la facultad conferida por el art. 68-12) de la Constitución Política del Estado mediante memorial expreso interpuso Juicio de Responsabilidades ante el Congreso Nacional contra el Ex Ministro de Defensa Fernando Kieffer Guzmán, autores, cómplices y encubridores por los delitos perpetrados en el ejercicio de sus funciones, para que decretada la acusación se remitan antecedentes ante la Corte Suprema de Justicia, instancia donde deben ser juzgados de conformidad a lo dispuesto por el art. 118- e) de la Carta Fundamental concordante con el art. 55- 8) de la Ley de Organización Judicial, Ley de 31 de octubre de 1884 y la Ley de 23 de octubre de 1944 y art. 274 del Código de Procedimiento Penal, disposiciones que son aplicables en virtud del Capítulo de Disposiciones Transitorias de la Constitución Política del Estado reformada mediante Ley Nº 1585 de 12 de agosto de 1994.

Que el recurrido en su calidad de Presidente Nato del Congreso Nacional tenía la ineludible obligación de imprimir el trámite correspondiente a su denuncia conforme dispone el art. 2 y siguientes. de la Ley de 23 de octubre de 1944; sin embargo, en forma ilegal omitió deliberadamente remitir los antecedentes del juicio de responsabilidad al Congreso Nacional evitando y coartándole su legítimo derecho a la defensa y a la petición pues se está impidiendo que la misma llegue a las autoridades a la que está destinada, atentando contra la vida, seguridad y salud de los pueblos afectados por el terremoto, impidiendo que se investigue el paradero de los dineros donados en su favor.

Por lo expuesto interpone Recurso de Amparo Constitucional contra el recurrido, pidiendo sea declarado procedente y  se ordene a la autoridad recurrida la remisión en el día del juicio de responsabilidades seguido por su persona contra Fernando Kieffer  Guzmán y otros al Congreso, con costas y multa de Ley.

Que por memorial cursante a fs. 44 a 45 Roberto Fernández Orozco y Luis Gonzalo Maldonado Rojas se adhieren al Recurso de Amparo interpuesto por José Ernesto Ayoroa Argandoña haciendo hincapié en el hecho de que la demanda de juicio de responsabilidades se encontraba detenida por más de seis meses en secretaría de la Vicepresidencia de la República.