SENTENCIA CONSTITUCIONAL N°023/2001
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N°023/2001

Fecha: 16-Abr-2001

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los artículos 120-6 de la Constitución Política del Estado, 79 y siguientes de la Ley No. 1836, declara INFUNDADO el Recurso Directo de Nulidad, con costas y multa de Bs1.000 que la Empresa recurrente debe depositar a la orden del Tesoro Judicial en el plazo de tres días, desde su notificación con la presente Sentencia, en aplicación del artículo 85-1) de la Ley del Tribunal Constitucional