SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 438/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 438/01-R

Fecha: 11-May-2001

“los Jueces recurridos definan la situación jurídica de los recurrentes dictando la resolución correspondiente en estricta sujeción a las exigencias contenidas en los artículos 233 al 235 del nuevo Código de Procedimiento Penal”,

Que esta resolución se la ha dictado conforme dispuso la Sentencia Constitucional N° 232/01-R ya que determinó que “los Jueces recurridos definan la situación jurídica de los recurrentes dictando la resolución correspondiente en estricta sujeción a las exigencias contenidas en los artículos 233 al 235 del nuevo Código de Procedimiento Penal”, sin disponer expresamente la libertad de aquéllos.