Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 485/01-R
Fecha: 21-May-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución, cursante a fs. 15, pronunciada el 19 de abril de 2001 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz.