Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 491/2001-R
Fecha: 22-May-2001
“...en representación de los Directores Distritales publique
Que, consiguientemente, la Resolución No. 01/2001 de la Junta Electoral de Cotas Ltda., que delega al Departamento de Educación Cooperativa de Cotas, para que “...en representación de los Directores Distritales publique las respectivas convocatorias de las Asambleas Distritales...”, no constituye un acto arbitrario que usurpe funciones que no le compete o que ejerza jurisdicción que no emane de la Ley, puesto que tal resolución se sustenta en las previsiones legales precedentemente aludidas, habiendo la Junta ejercido las atribuciones que le señalan de manera específica los artículos 3º e) y 5º del Reglamento Electoral de Cotas Ltda.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- Improcedente
- la Asamblea del Distrito 34 se realizará el 20 de marzo a hrs. 19,
- 16 de marzo de 2001
- por Resolución N° 02/2001 de 5 de abril de 2001
- Asamblea Distrital Ordinaria así como para la elección de delegados titulares y suplentes a la Asamblea de Delegados
- “El Directorio de cada Distrito será elegido por la Asamblea Distrital...”.
- “...en representación de los Directores Distritales publique
- sólo tres días